La Comisión Europea ha comunicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el inicio de una reconsideración por expiración de las medidas antidumping aplicables a las importaciones de determinados neumáticos, nuevos o recauchutados, de caucho, de un tipo utilizado en autobuses o camiones, con un índice de carga superior a 121, procedentes de China, con motivo de la finalización de las medidas antidumping (AD) hasta ahora vigentes.
Así, el organismo ha anunciado que una coalición de empresas que se consideraban perjudicadas en nombre de la industria de la Unión Europea (UE) presentó, el pasado 19 de julio, una solicitud de reconsideración para iniciar una investigación de revisión de las medidas antidumping sobre las importaciones de camión de China, al considerar que si finalizan las mismas existiría la probabilidad de que continúe o reaparezca el perjuicio procedente de China.
Dicha coalición alegó en su solicitud que existe la probabilidad de que continúe o reaparezca el perjuicio procedente de China, argumentando que si se permite que expiren las medidas, es probable que aumente el nivel actual de las importaciones en la UE de este tipo de neumáticos debido, por ejemplo, a la existencia de una capacidad no utilizada en China, a la incapacidad de vender a mercados de terceros países por causa de diversas medidas comerciales y al atractivo del mercado de la UE en lo que respecta a su nivel de precios; que las importaciones en la UE del producto objeto de reconsideración han seguido siendo importantes en términos absolutos y en términos de cuota de mercado; que el volumen y los precios del producto importado han tenido repercusiones negativas en las cantidades venidas y la cuota de mercado de la industria de la UE en el período de investigación de la reconsideración; y, por último, si se permite la expiración de las medidas, podría conllevar la continuación o reaparición del perjuicio a la industria de la UE.
En este sentido, la CE ha iniciado la reconsideración de la medida y la investigación abarcará el período comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023 («el período de investigación de la reconsideración») y el análisis de las tendencias pertinentes para evaluar la probabilidad de continuación o reaparición del perjuicio que abarcará el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el final del período de investigación de la reconsideración («el período considerado»).
De esta forma, la investigación finalizará, como norma general, en un plazo de 12 meses a partir de la fecha de publicación del presente anuncio y, en cualquier caso, en un plazo máximo de 15 meses a partir de dicha fecha, donde la CE determinará si es probable que la expiración de las medidas conlleve una continuación o una reaparición del dumping objeto de reconsideración originario de China, y una continuación o reaparición del perjuicio para la industria de la UE.
Así pues, Adine ha trasladado a sus asociados, de manera inmediata, dicha resolución y ha efectuado las consultas y gestiones pertinentes con los organismos competentes para conocer los posibles efectos de dicha resolución, e informará y comunicará puntualmente a todos sus asociados de cualquier comunicación o notificación recibida desde la Comisión del procedimiento en cuestión.
No obstante, la asociación ya avanzó en su reciente V Foro “Cambios que provocan cambios”, celebrado el pasado 28 de septiembre en Ifema, que esta medida era probable que se llevara a cabo antes de expirar el plazo hoy 23 de octubre.
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