La sede de Vigo de la Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de sentar un precedente jurídico en España contra la teoría del “enriquecimiento injusto”, a la que se acogen las compañías de seguros para negar la indemnización a sus clientes, cuando éstos sufren daños en su vehículo, u otros bienes, a causa de un siniestro.
Según explica la empresa EuroSiniestro en un comunicado, la doctrina del “enriquecimiento injusto” se basa en la falsa teoría de que si el valor de reparación del vehículo siniestrado es muy superior al valor que tenía en el mercado en el momento del accidente, pagarla íntegramente resultaría una “operación antieconómica” para la aseguradora e “injustamente beneficiosa” para el asegurado.
Así, en esta primera sentencia judicial en España, la Audiencia de Pontevedra condena a la aseguradora Mapfre a abonar la práctica totalidad del importe de la reparación de un vehículo siniestrado (5.682,28 euros), argumentando que no puede existir enriquecimiento del asegurado al existir la contraprestación del pago de la prima durante toda la vida del contrato.
Pérdida de valor del objeto asegurado
De acuerdo a la información de EuroSiniestro, un usuario que sufrió una colisión tenía contratado con la compañía Mapfre un seguro con cobertura de daños propios con franquicia de 600 euros. Los daños del automóvil fueron reparados por un importe de 6.913 euros, por lo que se reclamó a la aseguradora el pago de 6.613 euros, una vez descontada la franquicia. Sin embargo, el informe del perito estableció que el valor de mercado del turismo en el momento del accidente era de 2.500 euros. En consecuencia, la aseguradora ofrecía a su cliente una indemnización por 1.500 euros, casi cinco veces menos del coste de la reparación.
Tras la denuncia, tramitada a través de EuroSiniestro, y el fallo a favor del asegurado, Mapfre presentó un recurso amparándose en la citada teoría del “enriquecimiento injusto”. Dicho recurso ha sido desestimando por el juez, argumentando que “habría enriquecimiento indebido (…) si por el lógico y progresivo desgaste del vehículo, el asegurado gozase de una paulatina reducción de la prima ordinaria (…) Pero si el tomador está pagando la misma prima de seguro, de limitarse la indemnización al valor de mercado del vehículo asegurado, habría una evidente falta de correspondencia entre el interés asegurado y aquella prima, y a la postre, un palmario enriquecimiento de la compañía de seguros”.
En concreto, EuroSiniestro indica que el asegurado en cuestión venía pagando una prima por su seguro de 905,94 euros anuales. “Si, de acuerdo con la aseguradora, el objeto a indemnizar tenía un valor de 1.500 euros, el importe de la prima que le estaba cobrando a su cliente era, cada año, más del 50% del valor de su vehículo”.
La compañía especializada en el ámbito asegurador viene defendiendo la tesis, refrendada ahora por la Audiencia de Pontevedra, de que es falso que se produzca un enriquecimiento injusto a costa de la aseguradora cuando el cliente solicita que se le abone la reparación del daño de su vehículo. “Al contrario, lo que viene produciéndose es un injusto y antisocial enriquecimiento de las aseguradoras a costa de los asegurados”, señala Carlos Rial, director jurídico de EuroSiniestro, quien añade que “esperamos que esta resolución de la Audiencia de Pontevedra siente un precedente, hasta el punto de que desaparezca de una vez esta doctrina, de la que han venido abusando las compañías de seguros en España para privar de justas indemnizaciones a los ciudadanos”.
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