La Ley de Datos, aprobada recientemente por el Parlamento Europeo, representa un paso adelante en el esfuerzo por promover un auténtico mercado único interior de datos basado en normas justas y competitivas, que allanará el camino para que una futura legislación específica del sector de la automoción tenga en cuenta elementos y particularidades técnicas específicas, como afirma el informe apoyado por todos los partidos políticos en la Comisión de Industria, Investigación y Energía (ITRE) del Parlamento Europeo.
Al respecto, la Federación Europea de Distribuidores Independientes de Repuestos de Automoción (Figiefa) ha realizado un llamamiento al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión Europea, que se reunirán periódicamente para intentar llegar a un acuerdo común, para que aborden en las “negociaciones tripartitas” determinados elementos clave de la propuesta, como la exclusión de datos derivados, secretos comerciales, la compensación para los titulares de datos o los requisitos de interoperabilidad para los destinatarios de datos que buscan acceder a los mismos. De lo contrario, la federación europea advierte de un riesgo real de que los objetivos de la Ley de Datos puedan verse socavados y la oportunidad para promocionar un acceso justo, eficiente y efectivo a los datos para todas las partes interesadas se pierda.
Aunque Figiefa apoya los objetivos de la Ley de Datos y respalda aún más los enfoques actuales del Parlamento Europeo y el Consejo, que representan un paso significativo hacia la implementación en el mercado de la estrategia digital de la UE, señala, sin embargo, que para garantizar el éxito de estos ambiciosos objetivos en el sector automoción hay que revisar elementos claves de la propuesta.
En primer lugar, señala la exclusión de datos derivados y asegura que se requiere acceso no discriminatorio a los datos utilizados para los servicios posventa: el significado de los datos derivados debe aclararse aún más para evitar futuras disputas significativas con respecto a los datos que están dentro del alcance de la Ley de Datos. No debería haber ninguna razón legal para excluir los datos derivados, ya que estos, generalmente, están libres de derechos de propiedad intelectual. Como alternativa al enfoque actual, este problema se puede abordar de manera bastante sencilla mediante una adaptación de las definiciones de “datos fácilmente disponibles” y “datos generados por un producto o servicio relacionado” y algunas aclaraciones en los requisitos de diseño del producto para los fabricantes de productos conectados.
En segundo lugar, aunque reconoce la importancia y apoya la protección de los secretos comerciales, explica que el artículo 8, apartado 6, tal como está redactado actualmente, corre el riesgo de socavar significativamente el objetivo del Reglamento, al crear una excepción de secretos comerciales mediante la que los titulares de datos pueden eludir con demasiada facilidad las obligaciones de compartir datos simplemente reclamando la protección del secreto comercial. Igualmente, muestra su preocupación respecto a las “medidas técnicas y organizativas” adicionales introducidas (art. 4(3) y 5(8)), que pueden crear obstáculos efectivos para el intercambio de datos y propone adaptarlas.
En cuanto a la compensación para los titulares de datos, indica que debe basarse en los costos incurridos para brindar acceso y las pautas que deben incluirse para definir lo que es razonable. Además, el enfoque basado en los costes no debe limitarse a las PYME (art. 9, apartado 2). Por último, si se va a aplicar un margen, la Comisión debe establecer normas claras y vinculantes.
Finalmente, sobre los requisitos de interoperabilidad para los destinatarios de datos que buscan acceder a los datos, sugiere añadir al artículo 3 requisitos específicos sobre la transparencia de cómo el usuario puede acceder a los datos. Se trata de requisitos para permitir en la práctica que los usuarios y/o terceros desarrollen los medios para ejercer sus derechos de acceso a los datos.
El sector de servicios de movilidad y posventa de automóviles representa un buen ejemplo de una industria lista para beneficiarse del acceso efectivo a los datos. El acceso justamente regulado a los datos del vehículo podría respaldar la transformación de una industria con más de 4,5 millones de puestos de trabajo, la mayoría, pymes. El hecho de que solo un jugador (los fabricantes de automóviles) haya actuado tradicionalmente como guardián, utilizando su posición dominante para evitar que otras partes interesadas accedan a los datos, ha impedido que los proveedores de servicios independientes en el sector de servicios de movilidad y posventa atiendan a sus usuarios en términos de innovación, competitividad, mejores servicios y precios.
En este sentido, la Ley de Datos, cuyo objetivo es determinar cómo se debe acceder, compartir y utilizar estos datos, definirá derechos y obligaciones para todas las partes involucradas, proporcionando un marco regulatorio sólido para garantizar un acceso y uso justos a los mismo, eliminando las barreras de acceso tanto para los consumidores como para las empresas.
La futura Ley de Datos tiene el potencial de desbloquear esta situación mediante la promoción de la innovación basada en datos y un entorno competitivo mejorado para todos los actores involucrados en esta industria, lo que les permite ofrecer más beneficios a los consumidores, desarrollar nuevas oportunidades comerciales para todos e impulsar la mejora y reconversión de puestos de trabajo alineados con los objetivos verdes y digitales establecidos por la Unión Europea.
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